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27/07/2007-Suspendido el núcleo del Decreto de terapias naturales de Cataluña,


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido de forma cautelar gran parte del polémico Decreto de terapias naturales de la Generalitat, en respuesta al recurso contencioso-administrativo presentado por el Ministerio de Sanidad, que alegó que la ejecución del reglamento podía suponer un "peligro" para la salud de los ciudadanos. El mismo tribunal ya suspendido en junio los puntos del Decreto referentes al criterio homeopático.
La Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del alto tribunal catalán ha tenido en cuenta la petición de Sanidad, que el pasado 5 de julio presentó un recurso en el que impugnaba varios artículos y disposiciones del reglamento que regula las condiciones para el ejercicio de 13 terapias naturales y que fue aprobado por el Gobierno catalán el pasado 30 de enero.
En su auto el TSJC acuerda "la suspensión de la ejecutividad de los artículos 2, 5, 6, 7 y 18, y de las Disposiciones Transitorias primera, segunda, tercera y cuarta del Decreto", tal como pedía Sanidad.
El Alto Tribunal catalán "entiende la medida cautelar" demandada por el Ministerio, al considerar que la normativa, pionera en Europa, "vulnera la legislación básica estatal ordenadora de las profesiones sanitarias, al venir a permitir a unos denominados 'prácticos' la realización de diagnósticos e indicación de tratamientos sin la formación ni capacitación propia de las profesiones sanitarias".
Los artículos y disposiciones ahora suspendidos acreditaban a los prácticos naturistas la realización de las funciones de diagnóstico y aplicación de tratamiento "asignadas a los médicos, y las de aplicación de tratamientos con medios y agentes físicos asignadas a los fisioterapeutas, así como el procedimiento de acreditación de la práctica en terapias naturales y acreditación de la actividad profesional, de la experiencia profesional o formación a tal fin", añade el tribunal.

Ver mas en  http://db.doyma.es/cgi-bin/wdbcgi.exe/doyma/press.plantilla?ident=50259

                    http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1010470.html